Tesis Aisladas

<p>SINDICATOS. REQUISITOS CUYA SATISFACCIÓN DEBE VERIFICAR LA JUNTA TRATÁNDOSE DEL REGISTRO DE LAS ACTAS DE ASAMBLEA EN QUE SE CONSIGNA EL CAMBIO DE DIRIGENCIA.</p>

7

Resumen

<p>De conformidad con la jurisprudencia P./J. 32/2011, localizable en la página 7 del Tomo XXXIV, septiembre de 2011, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/160992" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>SINDICATOS. LA AUTORIDAD LABORAL ESTÁ FACULTADA PARA COTEJAR LAS ACTAS DE ASAMBLEA RELATIVAS A LA ELECCIÓN O CAMBIO DE DIRECTIVA, A FIN DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES QUE RIGIERON EL PROCEDIMIENTO CONFORME A SUS ESTATUTOS O, SUBSIDIARIAMENTE, A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 86/2000)</a>.", el procedimiento de toma de nota constituye un acto administrativo de la Junta en el que limita su actuar, única y exclusivamente, a verificar la reunión o no de los requisitos formales establecidos para tal efecto y determinar si se respetó el principio de legalidad, sin hacer pronunciamientos de fondo, por lo que no debe llevar a cabo investigaciones ni pronunciarse sobre la validez del acto. Este Tribunal Colegiado de Circuito considera que la Junta, para proceder o no al registro de un acta de asamblea sindical en que se decide sobre la designación de sus representantes, debe analizar: a) si se aportó copia autorizada de los estatutos; b) si se convocó a la asamblea ordinaria con la anticipación requerida y por persona facultada para hacerlo, precisándose fecha, hora y lugar en que se efectuaría; c) si en el día, lugar y hora programados, se reunió el quorum para efectuar la asamblea ordinaria, de no ser así, si se convocó a la asamblea general extraordinaria en términos de las disposiciones estatutarias; d) si se expusieron los asuntos a tratar conforme al orden del día y si éstos se pusieron a consideración, discusión y, en su caso, a votación de los asistentes; y, e) si la votación fue suficiente para soportar la decisión conforme a esos estatutos. De reunirse dichos

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
20 de mayo de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Francisco González Chávez
Epoca
Décima Época