<p>SISTEMA DE IMPUGNACIÓN PREVISTO EN LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL PARA SENTENCIADOS PRIVADOS DE SU LIBERTAD O PERSONAS EN PRISIÓN PREVENTIVA. DEBE AGOTARSE PREVIO A ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CUANDO SE RECLAMAN HECHOS, ACTOS U OMISIONES RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES DE INTERNAMIENTO EN UN CENTRO DE RECLUSIÓN.</p>
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Resumen
<p>La Ley Nacional de Ejecución Penal, que entró en vigor el 17 de junio de 2016, tiene por objeto establecer las normas que deben observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial, en cuyos artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100887|1|184-100887|1|244-100887|1|246-100887|1|248-100887|1|250-100887|1|252-100887|1|254-100887|1|256-100887|1|258-100887|1|260-100887|1|262-100887|1|264-100887|1|266-100887|1|268-100887|1|270-100887|1|272-100887|1|274-100887|1|276-100887|1|278-100887|1|280-100887|1|282-100887|1|284-100887|1|286-100887|1|288-100887|1|290-100887|1|292-100887|1|294-100887|1|296-100887|1|298-" >107 a 135</a>, regula un procedimiento de impugnación, mediante "peticiones administrativas" a la autoridad penitenciaria, contra los hechos, actos u omisiones respecto de las condiciones de internamiento; petición administrativa que deberá resolverse en un plazo de cinco días a partir de su admisión y, en caso de que la respuesta sea contraria a los intereses del promovente, podrá formular "controversia ante el Juez de Ejecución", quien además conocerá, entre otras hipótesis, de las controversias relacionadas con las condiciones de internamiento, el plan de actividades de la persona privada de su libertad, y aquellas relacionadas que impliquen violación a los derechos fundamentales; y la resolución que emita el Juez de Ejecución, en la que dirima las cuestiones debatidas, podrá impugnarse mediante el recurso de revocación o el de apelación, según corresponda. Es así que la ley mencionada prevé un sistema de impugnación idóneo para combatir los actos y omisiones penitenciarios relacionados con las condiciones de internamiento, lo que es acorde con el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="1
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 4 de enero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Roberto Lara Hernández
- Epoca
- Décima Época