Tesis Aisladas

<p>SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO. SON INATENDIBLES LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN EL AMPARO DIRECTO SI TIENDEN A SEÑALAR VIOLACIONES PROCESALES COMETIDAS EN ETAPAS PREVIAS AL JUICIO ORAL QUE TENGAN COMO CONSECUENCIA LA EVENTUAL EXCLUSIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA [ABANDONO DE LA TESIS AISLADA XVII.2o.P.A.24 P (10a.)].</p>

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Resumen

<p>En la tesis aislada mencionada, con apoyo en los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|346-100683|4|348-" >173, apartado B, fracción X y 174, párrafo segundo, de la Ley de Amparo</a>, se sostuvo que si en el amparo directo el quejoso hace valer violaciones procesales acaecidas en la audiencia intermedia del proceso penal acusatorio, el Tribunal Colegiado de Circuito debe allegarse de los dispositivos que contengan la videograbación de dicha diligencia, a efecto de realizar el estudio correspondiente. Sin embargo, en atención a que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/ejecutoria/28243" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>amparo en revisión 669/2015</a>, que dio origen a la jurisprudencia <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2018868" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>1a./J. 74/2018 (10a.)</a>, estableció que si se trata de una sentencia definitiva derivada de un proceso penal acusatorio, en el juicio de amparo directo no es posible analizar violaciones a derechos fundamentales cometidas en etapas previas al inicio del juicio oral que tengan como consecuencia la eventual exclusión de determinado material probatorio, este Tribunal Colegiado de Circuito, siguiendo los lineamientos del Máximo Tribunal, en una nueva reflexión, conduce a abandonarla y a concluir que los conceptos de violación hechos valer en ese sentido son inatendibles, en virtud de que la materia del juicio de amparo directo, si se trata del nuevo sistema de justicia penal, consiste en analizar exclusivamente lo actuado durante la etapa de juicio oral, sin incluir decisiones tomadas en etapas previas (de investigación, audiencia inicial y audiencia intermedia) por una autoridad jurisdiccio

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
22 de marzo de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Rafael Rivera Durón
Epoca
Décima Época