<p>SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO TANTO DE LA DEMANDA DE AMPARO COMO DEL RECURSO DE REVISIÓN Y RATIFICADO JUDICIALMENTE. PARA DECRETARLO ES INNECESARIO OTORGAR AL QUEJOSO LA VISTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE LA MATERIA.</p>
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Resumen
<p>De la intelección del precepto citado se colige que, cuando un órgano jurisdiccional de amparo advierta de oficio una causal de improcedencia no alegada por alguna de las partes ni analizada por un órgano jurisdiccional inferior, dará vista al quejoso para que, en el plazo de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. Sin embargo, cuando es el propio accionante quien se desiste tanto de la acción de amparo, como del recurso de revisión, no se actualiza ese presupuesto normativo, porque no se trata de una causa legal de improcedencia advertida de oficio, no alegada por alguna de las partes, ni analizada en la primera instancia del juicio biinstancial, sino que la decisión de sobreseer se sustenta en la declaración de desistimiento del quejoso, lo que hace cesar la jurisdicción del juzgador y, atento al principio de instancia de parte agraviada que rige el juicio de amparo en ambas instancias, en términos de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1540-" >107, fracciones I y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|10-100683|4|12-100683|4|164-100683|4|172-100683|4|176-100683|4|178-100683|4|186-" >5o., 6o., 82, 86, 88, párrafos primero y tercero, 89 y 93, fracción V, de la Ley de Amparo</a>. En ese orden, sería ocioso dar vista con la actualización de una hipótesis que ella promovió, ya que, acorde con la exposición de motivos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|128-" >64</a> mencionado, es que no quede en estado de indefensión ante la aparición de la causa que da lugar al sobreseimiento en el juicio, hipótesis que no puede actualizarse en el supuesto de que esta última tenga su génesis en el desistim
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 28 de septiembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Martín Soto Ortiz
- Epoca
- Décima Época