Administrativa Jurisprudencia

SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO. ACREDITACIÓN DEL INTERÉS LEGÍTIMO DE LAS ASOCIACIONES CIVILES CUANDO SE SOLICITA CONTRA EL ACUERDO A/018/2023 DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si para que una asociación civil acredite su interés legítimo para solicitar la suspensión contra el "Acuerdo Núm. A/018/2023, de la Comisión Reguladora de Energía por el que se actualizan los valores de referencia de las metodologías para el cálculo de la eficiencia de los sistemas de cogeneración de energía eléctrica y los criterios para determinar la cogeneración eficiente, así como los criterios de eficiencia y metodología de cálculo para determinar el porcentaje de energía libre de combustible establecidos en las resoluciones RES/003/2011, RES/206/2014, RES/291/2012 y RES/1838/2016, respectivamente", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2023, es suficiente que su objeto social incluya la defensa a un medio ambiente sano. Criterio jurídico: El Pleno Regional Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones determina que para que una asociación civil acredite su interés legítimo en amparo indirecto cuando solicita la suspensión contra los efectos y consecuencias del Acuerdo referido, es suficiente que demuestre tener como objeto social la protección y/o defensa del medio ambiente. Justificación: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo en revisión 79/2023 y el recurso de revisión en incidente de suspensión 1/2022 , estableció que en lo relativo al interés legítimo para solicitar la suspensión cuando se involucra una posible afectación al derecho al medio ambiente, la autoridad de amparo debe atender a los principios de prevención y precaución, in dubio pro natura y de acceso a la justicia ambiental, procurando que la medida cautelar sea un mecanismo que pueda prevenir daños al medio ambiente, por lo que su decisión debe matizarse y flexibilizarse a través de formas de legitimación activa amplia que garanticen el acceso a la tutela jurisdiccional. Por tanto, ...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
PR.CRT. J/6 A (11a.)
Fecha de resolucion
26 de septiembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Pleno
Ponente
Magistrada Irma Leticia Flores Díaz
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
PR.CRT. J/6 A (11a.)