Tesis Aisladas

<p>SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. PROCEDE CONCEDERLA PARA QUE UN SERVIDOR PÚBLICO ELECTO MEDIANTE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NO TOME POSESIÓN DEL CARGO, MIENTRAS SE RESUELVE EN LO PRINCIPAL EL JUICIO EN QUE SE RECLAMÓ ESA DESIGNACIÓN, SIEMPRE QUE LA LEY QUE RIJA AL ÓRGANO DE QUE SE TRATE, ESTABLEZCA UN SUPUESTO PARA CUBRIR SUS AUSENCIAS.</p>

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Resumen

<p>Cuando en el amparo se reclame la elección de un servidor público mediante un procedimiento administrativo, procede conceder la suspensión contra los efectos y consecuencias que deriven de su etapa final, esto es, para que no tome posesión del cargo mientras se resuelve el juicio en lo principal. Lo anterior, porque si bien es cierto que un procedimiento público no es susceptible de suspenderse, también lo es que cuando se trata de un mecanismo para designar a un funcionario es factible paralizar la etapa conclusiva, siempre que la ley que rija al órgano de que se trate establezca un supuesto para cubrir sus ausencias, a efecto de que no se interrumpa la prestación del servicio encomendado a éste, con lo cual no se contravienen disposiciones de orden público, además de que la sociedad está interesada en que quien sea designado, cumpla con los requisitos legalmente previstos y se sigan las normas establecidas al efecto.</p><br><p>NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
27 de mayo de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
José Alejandro Luna Ramos
Epoca
Décima Época