Tesis Jurisprudenciales

<p>SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA NORMA TÉCNICA NORTEC-SSA-01-2015, QUE OBLIGA A LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL ESTADO DE MÉXICO QUE EXPENDAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA EL CONSUMO INMEDIATO, AL COPEO O EN BOTELLA ABIERTA, A ADQUIRIR E INSTALAR INSTRUMENTOS QUE PERMITEN CUANTIFICAR LA CONCENTRACIÓN DE ALCOHOL EN LA SANGRE A TRAVÉS DEL AIRE ESPIRADO (ALCOHOLÍMETRO).</p>

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Resumen

<p>Es improcedente conceder la suspensión en el amparo promovido contra la Norma Técnica referida, publicada en el Periódico Oficial del Estado de México el 26 de abril de 2016, que establece las especificaciones, operación y vigilancia de los instrumentos que permiten cuantificar la concentración de alcohol en la sangre a través del aire espirado (alcoholímetro), que deberán colocarse de manera obligatoria en los establecimientos mercantiles de la entidad, en los que se expidan bebidas alcohólicas para el consumo inmediato, al copeo o en botella abierta, porque no se satisface el requisito previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|256-" >128, fracción II, de la Ley de Amparo</a>, pues de otorgarse, se causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, ya que la norma tiene por objeto fortalecer una cultura de la prevención y mejora de la salud, a través de mecanismos que permitan que el consumidor esté lo suficientemente informado y consciente de que con ello se busca protegerlo, así como autorregular el consumo del alcohol, lo que conlleva proteger a la sociedad en general, al incidir positivamente en la prevención de accidentes automovilísticos y controlar el consumo desmedido de dicha sustancia, que debe privilegiarse sobre el patrimonio económico de un sector de la sociedad, como son los comerciantes que tengan como actividad primordial vender alcohol para el consumo inmediato en sus diversos establecimientos y que se encuentran obligados a adquirir e instalar los instrumentos indicados.</p><br><p>PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
26 de mayo de 2017

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Mónica Alejandra Soto Bueno
Epoca
Décima Época