Administrativa Tesis Aislada

SUSPENSIÓN DE PLANO EN AMPARO INDIRECTO. ES NECESARIO APLICAR UN ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS AL PROVEER SOBRE SU CONCESIÓN CUANDO SE RECLAMA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS (CEAV) LA OMISIÓN DE OTORGAR A UNA PERSONA LAS MEDIDAS DE AYUDA QUE REQUIERE POR LAS SECUELAS DERIVADAS DE LA COMISIÓN DE UN DELITO DE ALTO IMPACTO.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Un periodista fue víctima de un delito de alto impacto que le provocó secuelas psicológicas, sensoriales y físicas, una situación económica precaria que le impide cubrir sus necesidades médicas y una baja calidad de vida agravada principalmente por estrés y problemas de salud. Promovió amparo indirecto en el que reclamó de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) la omisión de otorgarle medidas de ayuda por concepto de hospedaje, transporte, alimentos y atención médica a fin de pagar varias terapias de rehabilitación y una cirugía urgente. Solicitó la suspensión de plano para obtener esos recursos y el Juzgado de Distrito la negó, por lo que interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que al proveer sobre la suspensión de plano solicitada por una persona víctima de un delito de alto impacto contra la omisión de la CEAV de otorgarle medidas de ayuda para pagar la cirugía urgente que requiere por las secuelas físicas derivadas de su comisión, es necesario aplicar un enfoque de derechos humanos que sea cuidadoso de las singularidades que conlleva la reparación integral y que las armonice con el uso eficiente de recursos públicos. Justificación: La calidad de víctima y su correlativa obligación constitucional de reparación integral introducen especificidades contextuales, personales y normativas relevantes que deben tomarse en cuenta para evaluar la procedencia de la medida cautelar y para ponderar las mejores alternativas que conforme a la legislación aplicable puedan detener las omisiones reclamadas. Dicha calidad detona un conjunto de derechos de protección especial que en paralelo impone: I) a las autoridades administrativas encargadas de gestionar dichas medidas de ayuda, la obligación de realizar un análisis mesurado sobre la condición socioeconómica de la víctima, la repercusión del daño en su vida familiar, la eventual imposibilidad de trabajar como consecuencia de éste, el número y edad de s...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
I.20o.A.76 A (11a.)
Fecha de resolucion
12 de septiembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Salvador Alvarado López
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
I.20o.A.76 A (11a.)