SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA ORDEN DE INSCRIPCIÓN DE EMBARGO ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO.
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: En amparo indirecto se reclamó la orden de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, del embargo trabado en el juicio de origen. Asimismo, se solicitó la suspensión provisional de dicho acto, la cual fue negada debido a que de concederse, se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, conforme a la fracción II del artículo 128 de la Ley de Amparo . Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente la suspensión provisional en amparo indirecto contra la orden de inscripción de embargo ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, pues se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público. Justificación: El citado artículo 128 prevé como requisitos para otorgar la suspensión a petición de parte: 1) que la solicite la persona quejosa; y 2) que no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público. Sobre el segundo requisito, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia 522, de rubro: " SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO, CONCEPTO DE ORDEN PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LA .", determinó que se afecta el orden público y el interés social cuando se priva a la colectividad de un beneficio que le otorgan las leyes o se le infiere un daño que de otra manera no resentiría. Asimismo, al resolver la contradicción de tesis 201/2004-SS que dio origen a la diversa tesis de jurisprudencia 2a./J. 42/2005 , precisó que el orden público y el interés social constituyen nociones íntimamente vinculadas. El primero tiende al arreglo o composición de la comunidad con la finalidad de satisfacer necesidades colectivas, de procurar un bienestar o impedir un mal a la población. El segundo alude a la necesidad de beneficiar a la sociedad, o bien, evitarle algún mal, desventaja o trastorno. Por cuanto a la función del Registro Público de la Propiedad y de Comerc...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- I.6o.C.16 C (11a.)
- Fecha de resolucion
- 17 de octubre de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- Ismael Hernández Flores
- Epoca
- Duodecima Epoca
- Tesis
- I.6o.C.16 C (11a.)