<p>SUSTITUTIVO DE LA PENA DE PRISIÓN POR TRATAMIENTO EN LIBERTAD Y SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA. EFECTOS DEL AMPARO CONCEDIDO POR HABERSE CONDICIONADO SU DISFRUTE A QUE LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE LOS CONCEDE CAUSE EJECUTORIA, AL TRANSGREDIR LOS DERECHOS DE DEBIDO PROCESO Y TUTELA JUDICIAL, EN SU VERTIENTE DE ACCESO A UN RECURSO EFECTIVO.</p>
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Resumen
<p>La sentencia de primer grado que hubiere condicionado el disfrute del sustitutivo penal mencionado o de la suspensión condicional de la ejecución de la pena a que esa resolución cause ejecutoria, transgrede el derecho a un debido proceso, así como el de tutela judicial, en su vertiente de acceso a un recurso efectivo, al constreñir al encausado a renunciar a la interposición de la apelación, para así obtener su libertad; por tanto, el amparo concedido tendrá como efecto que el Juez responsable deje insubsistente ese fallo, dicte uno nuevo en el que prescinda de esa condicionante y ordene su notificación a aquél, a fin de que pueda apelar y, de esa manera, su situación jurídica la decida, en definitiva, un tribunal de segunda instancia.</p><br><p>QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 20 de abril de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Reynaldo Manuel Reyes Rosas
- Epoca
- Décima Época