Tesis Aisladas

<p>TERCERO EXTRAÑO A JUICIO PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. NO TIENE ESE CARÁCTER EL TERCERO OPOSITOR, QUIEN CON ANTERIORIDAD PROMOVIÓ TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO DENTRO DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL Y AGOTÓ LOS RECURSOS ORDINARIOS A SU ALCANCE.</p>

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Resumen

<p>De acuerdo con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|62|10559-" >1362 del Código de Comercio</a>, será tercero opositor aquel que comparezca a juicio a deducir una acción distinta a la debatida entre las partes; asimismo, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia P./J. 7/98, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196932" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>PERSONA EXTRAÑA A JUICIO, CONCEPTO DE</a>.", determinó que el tercero extraño a juicio es aquel que no fue parte material en un procedimiento y que, sin embargo, sufre un perjuicio con la resolución o ejecución que en aquél se emita; también se ha equiparado a éste, a quien habiendo sido señalado como parte en el procedimiento, no fue emplazado o lo fue incorrectamente. Así, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|214-" >107, fracción VI, de la Ley de Amparo</a> dispone que el juicio de amparo indirecto procede contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas. En ese sentido, para efectos del juicio de amparo indirecto, no tiene el carácter de tercero extraño a juicio el tercero opositor, quien con anterioridad promovió tercería excluyente de dominio dentro de un juicio ejecutivo mercantil y agotó los recursos ordinarios a su alcance; es así, pues la finalidad de dicha tercería es que se nulifique, revoque o modifique el embargo reclamado; por tanto, desde que hace valer ese medio ordinario de defensa, pierde su calidad de tercero extraño a juicio.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
9 de junio de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Aureliano Varona Aguirre
Epoca
Décima Época