Tesis Jurisprudenciales

<p>TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CON LA CALIDAD DE VÍCTIMA. TIENE ESE CARÁCTER EL DENUNCIANTE DEL DELITO DE FALSEDAD EN DECLARACIONES E INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD.</p>

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Resumen

<p>De acuerdo con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|10-" >5o., fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo</a>, debe reconocerse el carácter de tercero interesado como víctima del delito, al denunciante por el ilícito de falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad, porque no obstante que el bien jurídico tutelado es la verdad, donde la víctima titular del bien es la sociedad, quien presenta la denuncia y dice que sufre los efectos del delito al provocarle una afectación a sus derechos fundamentales, con motivo de la transgresión directa de la ley penal, debe tener la intervención en el juicio de amparo como víctima, porque no sólo se limita a denunciar el hecho que estima constitutivo de delito como cualquier ciudadano en cumplimiento de un deber cívico, sino que esa denuncia deriva de una declaración que señala es falsa, la cual se emitió en un juicio ordinario en el que tiene la calidad de parte procesal, y la demostración del ilícito de falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad, mismo que le es atribuido al inculpado -quien también es parte en el juicio-, puede repercutir en la esfera de sus derechos fundamentales, en su caso de carácter patrimonial, y de manera indirecta en el resultado de esa controversia.</p><br><p>PLENO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
20 de enero de 2017

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Óscar Vázquez Marín
Epoca
Décima Época