Tesis Aisladas

<p>TIEMPO EXTRAORDINARIO. CIRCUNSTANCIAS QUE DEBEN CONSIDERARSE PARA DETERMINAR LA CREDIBILIDAD DE SU RECLAMO.</p>

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Resumen

<p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido, en relación con el tiempo extraordinario, que la circunstancia de verosimilitud o inverosimilitud de su reclamo se sostiene en el supuesto de que el pago se funde en circunstancias acordes con la naturaleza humana, tomando en consideración el número de horas y periodo en que se prolongan que hagan creíble que el común de las personas pueda laborar en esas condiciones, contando con tiempo suficiente para reposar, comer y reponer energías. Ahora bien, de las tesis de jurisprudencia de la Segunda Sala <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2014586" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 68/2017 (10a.)</a> y <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2014583" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 36/2017 (10a.)</a>, en las que se interpretó el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|6093-" >784, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo</a>, se advierte que la jornada laboral debe considerarse desde un plano específico o particularizado que permita obtener otro parámetro sobre la razonabilidad o no del tiempo extraordinario, pues la circunstancia de credibilidad no sólo debe radicar ni limitarse a la fuerza de trabajo, entendida como la fuerza física, sino también estimarse las actividades que desempeñe el trabajador, sus cualidades, el tipo de trabajo o el área donde presta el servicio, de modo que el análisis en aislado de los trabajos ejecutados y jornada, sería insuficiente para considerar creíble o no el tiempo extraordinario reclamado, pues podría cometerse el error de apreciar el asunto bajo un enfoque ideal o limitado, sin tomar en cuenta los elementos descritos, los cuales son también parte de una realidad material que no necesariamente lo limitan a aspectos físic

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
25 de enero de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Héctor Arturo Mercado López
Epoca
Décima Época