<p>TIEMPO EXTRAORDINARIO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS. EL ARTÍCULO 221 DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER LA CARGA PROBATORIA CUANDO SE DEMANDE AQUÉL, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD.</p>
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Resumen
<p>En la jurisprudencia 2a./J. 41/2017 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2014218" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS. CRITERIOS PARA DETERMINAR SI LA LIMITACIÓN AL EJERCICIO DE UN DERECHO HUMANO DERIVA EN LA VIOLACIÓN DE AQUEL PRINCIPIO</a>.", se puntualizó que la limitación en el ejercicio de un derecho humano no necesariamente implica la vulneración al principio de progresividad, ya que para determinar si una medida lo respeta, es necesario analizar dos situaciones: 1) si dicha disminución tiene como finalidad esencial incrementar el grado de tutela de un derecho humano; y, 2) si genera un equilibrio razonable entre los derechos fundamentales en juego, sin afectar la eficacia de alguno de aquéllos. En ese sentido, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200257|3|22-" >221, fracción VIII</a>, así como su primer y último párrafos, de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México que, respectivamente, relevan al patrón de la comprobación de las horas extraordinarias, imponiendo esa carga probatoria a los servidores públicos, colma las dos exigencias establecidas por el Máximo Tribunal del País, en tanto que, por un lado, esa restricción tiene como fin poner un límite a las cargas probatorias atribuidas al patrón; es decir, tutela el derecho humano de igualdad jurídica entre las partes contendientes en la controversia laboral y, por otro, genera un equilibrio razonable entre los derechos fundamentales en juego, sin afectar la eficacia de alguno de éstos, toda vez que lo único que acontece es que sólo el aspecto relativo a la acreditación del tiempo extraordinario se impone al trabajador; es decir, el artículo citado prevé lo
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 15 de marzo de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Óscar Palomo Carrasco
- Epoca
- Décima Época