Laboral Tesis Aislada

TRABAJADORES DE CONFIANZA "B" DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). PARA CUBRIR SUS VACANTES DE MANERA DEFINITIVA DEBE AGOTARSE EL SISTEMA DE CONVOCATORIAS PREVISTO EN EL REGLAMENTO PARA LA CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE PUESTOS DE CONFIANZA "B".

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: En un juicio laboral, un trabajador que cubrió de manera interina un puesto de confianza "B" del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aplicando por analogía la cláusula 17 del contrato colectivo de trabajo, demandó su derecho para ocuparlo definitivamente al haberlo ostentado de manera ininterrumpida y continua por más de seis meses. El Juez laboral desestimó la acción al considerar que no demostró la existencia de la convocatoria a que se refiere el Reglamento para la Calificación y Selección de Puestos de Confianza "B" y que la referida cláusula no debe aplicarse de manera análoga, sino que es de interpretación estricta. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si un trabajador del IMSS considera que le corresponde el derecho a ocupar de manera definitiva un puesto de confianza "B", deberá acreditar que se agotó el sistema de convocatorias previsto en el Reglamento para la Calificación y Selección de Puestos de Confianza "B". Justificación: La cláusula 11 del contrato colectivo de trabajo establece que los trabajadores de confianza "B" serán designados por el IMSS en los términos del Reglamento para la Calificación y Selección de Puestos de Confianza "B", seleccionándolos entre el personal de base y de confianza "B", con una antigüedad mínima de tres años. Por otro lado, de los artículos 1 y 5 a 14 del Reglamento para la Calificación y Selección de Puestos de Confianza "B", se colige que tienen por objetivo regular los lineamientos de selección y ocupación de puestos de confianza "B", a través de un sistema de convocatorias, siendo que, un empleado interino detentará la plaza mientras no se designe mediante convocatoria al trabajador que la ocupará definitivamente. De la interpretación sistemática de las cláusulas 16 y 17 del contrato colectivo de trabajo, se deduce que los trabajadores que cubran otro puesto de base de forma ininterrumpida durante más de seis meses automáticamente lo ocuparán de manera definitiva. Co...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
VII.2o.T.77 L (11a.)
Fecha de resolucion
3 de octubre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Juan Carlos Moreno Correa
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
VII.2o.T.77 L (11a.)