Tesis Aisladas

<p>TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. A EFECTO DE ASEGURAR SU DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JUSTICIA, LA JUNTA DEBE ADOPTAR MEDIDAS RAZONABLES Y SUFICIENTES PARA SU PROTECCIÓN DENTRO DEL PROCEDIMIENTO.</p>

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Resumen

<p>Cuando un trabajador se adjudica la calidad de persona con discapacidad, la Junta debe adoptar medidas razonables y suficientes que atiendan, desde un enfoque de derechos humanos, a esa condición del empleado, pues está obligada a velar por la protección más amplia de sus derechos fundamentales, conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|20-" >1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, debiendo ordenar los ajustes pertinentes al procedimiento, a efecto de asegurar su derecho fundamental de acceso efectivo a la justicia.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
27 de abril de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Celestino Miranda Vázquez
Epoca
Décima Época