Tesis Jurisprudenciales

<p>TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO. PRIMA DE ANTIGÜEDAD. RECLAMACIÓN IMPROCEDENTE.</p>

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Resumen

<p>Es correcta la absolución decretada en cuanto a la prima de antigüedad, en virtud de que esa prestación no está prevista en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
19 de febrero de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Andrés Cruz Martínez
Epoca
Décima Época