Tesis Aisladas

<p>TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. LA PRESUNCIÓN DE LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL DERIVADA DE LA FALTA DE EXHIBICIÓN EN EL DESAHOGO DE LA PRUEBA DE INSPECCIÓN OCULAR DE LOS DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN TIENE LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR Y EXHIBIR, SE DESVIRTÚA CON PRUEBA EN CONTRARIO.</p>

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Resumen

<p>La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria que dio origen a la jurisprudencia 2a./J. 12/2001, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/190097" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>RELACIÓN LABORAL. LA PRESUNCIÓN DERIVADA DE LA PRUEBA DE INSPECCIÓN SOBRE DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN DEBE CONSERVAR Y QUE NO PRESENTÓ, ES SUFICIENTE POR SÍ SOLA PARA ACREDITAR DICHA RELACIÓN SI NO APARECE DESVIRTUADA POR OTRA PRUEBA</a>.", determinó que conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|6254-" >804 de la Ley Federal del Trabajo</a>, el patrón tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio, entre otros documentos: a) los contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato-ley aplicable; b) las listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo, o los recibos de pago de salarios; c) los controles de asistencia, también cuando se lleven en el centro de trabajo; y, d) los comprobantes de pagos de participación de utilidades, vacaciones, aguinaldos y primas a que se refiere dicha ley. A su vez, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|6261-" >805</a> prevé que ante el incumplimiento de lo anterior, se presumirán ciertos los hechos que la actora exprese en su demanda, en relación con aquellos documentos, salvo prueba en contrario. Por su parte, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200257|2|19-" >220 K de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México</a> señala los documentos que el patrón tiene la obligación de conservar y exhibir en el juicio, con el apercibim

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de diciembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Carolina Isabel Alcalá Valenzuela
Epoca
Décima Época