Tesis Jurisprudenciales

<p>TRIBUNAL DE ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA. EFECTOS DEL AMPARO CUANDO EL ACTO RECLAMADO LO CONSTITUYE EL PROVEÍDO QUE TIENE POR NO INTERPUESTA LA DEMANDA RELATIVA, PRECEDIDO DE UN ILEGAL APERCIBIMIENTO DICTADO POR AQUÉL.</p>

50

Resumen

<p>La Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla no prevé la posibilidad de apercibir a la actora con desechar su demanda para el caso de que incumpla con alguna prevención que le haga el Tribunal de Arbitraje del Estado, en los supuestos expresamente previstos en dicha legislación; por tanto, cuando el acto reclamado consista en el acuerdo que tiene por no interpuesta la demanda al haberse hecho efectivo el apercibimiento decretado en ese sentido y se obtenga la protección constitucional, los efectos de la concesión deben ser los consistentes en que se ordene que: A) Se deje insubsistente el acto reclamado; B) Se admita la demanda laboral; y, C) Se practique el emplazamiento a la demandada.</p><br><p>PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
9 de marzo de 2018

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Samuel Alvarado Echavarría
Epoca
Décima Época