<p>UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO. LA ELECCIÓN EFECTUADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE PROFESORES DE LA DIVISIÓN ACADÉMICA DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES DE LOS DOCENTES QUE INTEGRARÁN SUS RESPECTIVOS CONSEJOS UNIVERSITARIO, TÉCNICO UNIVERSITARIO Y DIVISIONAL, NO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.</p>
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Resumen
<p>La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en las ejecutorias que dieron lugar a la jurisprudencia 1a./J. 19/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 918, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/164876" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>UNIVERSIDADES PÚBLICAS. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO CONTRA EL ACTO DERIVADO DEL EJERCICIO DE SU AUTONOMÍA, CONSISTENTE EN EL NOMBRAMIENTO DE RECTOR</a>.", estableció, entre otras premisas, que: i. En términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|247|40-" >3o., fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, la autonomía de las universidades públicas se proyecta como una garantía institucional que mediante diversos principios salvaguardan su función de educar, investigar y difundir la cultura; ii. Dentro de estos principios está el de autogobierno, que las dota de capacidad para tomar decisiones definitivas ad-intra (al interior del cuerpo universitario), con independencia de cualquier órgano exterior; iii. Dentro de las competencias que comprenden al principio de autogobierno están aquellas de naturaleza ejecutiva, y dentro de éstas la designación de los funcionarios universitarios; y, iv. La garantía institucional de autonomía universitaria impide que algún órgano del Estado pueda vaciar la esfera de competencias de las autoridades de las universidades públicas, a través de una sustitución o suplantación, verbigracia, decidiendo quiénes deben ser designados funcionarios universitarios, amén de que esa determinación constituye un acto ad-intra. Ahora bien, con sujeción a las proposiciones descritas, se concluye que la elección efectuada por la Asamblea General de Profesores de la División Académica de Ciencias Sociales
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 1 de julio de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Adolfo Eduardo Serrano Ruiz
- Epoca
- Décima Época