Tesis Aisladas

<p>VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. SU DERECHO A OBTENER UNA SENTENCIA JUSTA EN LA QUE SE CONDENE AL CULPABLE Y SE LE REPARE EL DAÑO, NO PUEDE ESTAR SUPEDITADO A UNA DEFICIENTE ACTUACIÓN DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, AL MOMENTO DE FORMULAR CONCLUSIONES ACUSATORIAS.</p>

7

Resumen

<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|198|210-" >20, apartado B, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> (en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008), la víctima u ofendido del delito tiene derecho a que se le repare el daño, por lo que en los casos en que proceda, el órgano ministerial estará obligado a solicitarla y el juzgador no podrá absolver al sentenciado en ese rubro si ha emitido una sentencia condenatoria. En ese sentido, cuando el órgano jurisdiccional advierta que las conclusiones acusatorias del agente del Ministerio Público son contradictorias, y eso deriva de un equívoco o una imprecisión y no del desinterés en el ejercicio de la acción penal, debe actuar conforme al trámite previsto en los numerales <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="645|53|2495-645|53|2502-645|53|2509-645|53|2516-" >320, 321, 322 y 323 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal</a>, aplicable para la Ciudad de México, es decir, remitir las conclusiones junto con el proceso al procurador o subprocurador correspondiente, para que dentro de los diez días siguientes al de la fecha en que se le haya dado vista del proceso, las confirme o modifique. Actuar en sentido contrario, impediría a la víctima u ofendido obtener una sentencia justa en la que se condene al culpable y se le repare el daño por el o los delitos verdaderamente cometidos. Por ende, el juzgador, como rector del proceso, tiene la obligación de verificar si las conclusiones formuladas por el agente del Ministerio Público son congruentes con el proceso mismo, para determinar, sin lugar a dudas, la pretensión ministerial, con la finalidad de llegar a un pronunciamiento completo e integral sobre los hechos que fueron mate

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
3 de febrero de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Miguel Ángel Medécigo Rodríguez
Epoca
Décima Época