<p>VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO, AUN Y CUANDO EL ACTO RECLAMADO NO AFECTE SU DERECHO A LA REPARACIÓN DEL DAÑO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 5, FRACCIÓN III, INCISO B, DE LA LEY DE AMPARO ABROGADA).</p>
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Resumen
<p>Esta Primera Sala ha sostenido que el derecho de las víctimas a participar y ser escuchadas en el juicio de amparo (incluso en su carácter de terceros) no debe limitarse a los aspectos relativos a la reparación del daño. De acuerdo con la interpretación sostenida por este alto tribunal, el derecho fundamental de acceso a la justicia y a la verdad exige que la víctima u ofendido del delito sea llamada y escuchada en relación con otros aspectos del proceso penal, como sería la acreditación del delito, la atribución de responsabilidad y la individualización de las sanciones. De acuerdo con lo anterior, esta Sala estima que el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="9|40|67-" >5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo</a> abrogada, al señalar que tendrá el carácter de tercero perjudicado el ofendido o las personas que tengan derecho a la reparación del daño "siempre que los actos reclamados afecten dicha reparación o responsabilidad", resulta infraincluyente tratándose de la víctima u ofendido del delito, pues claramente excluye la posibilidad de reconocerle el carácter de parte dentro del juicio y, por tanto, de que sea debidamente escuchada y que esté en aptitud de hacer valer sus intereses, en aquellos casos en los que no se vea afectado, directa o indirectamente, el derecho a una justa indemnización. En ese sentido, a fin de no hacer nugatorios o restringir desproporcionadamente los derechos de las víctimas, el artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, no debe leerse de manera literal o textual, sino de conformidad con el principio de acceso a la justicia, de tal manera que se permita su participación dentro del juicio de amparo con el carácter de tercero perjudicado, aun y cuando el acto reclamado no afecte o incida en la reparación del daño. En otras palabras, el operador jurídico debe tomar en consideración que la porción normativa que señala "siem
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 7 de julio de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Epoca
- Décima Época