Tesis Aisladas

<p>VIDEOGRABACIÓN DE LAS SESIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. ES IMPROCEDENTE ACORDAR FAVORABLEMENTE LA PETICIÓN DE OTORGAR A LAS PARTES COPIA CERTIFICADA –CON SUPRESIÓN DE DATOS PERSONALES– DE LOS DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS QUE LAS CONTIENEN, AL EXISTIR LA POSIBILIDAD DE QUE SEAN CONSULTADAS EN LA BIBLIOTECA VIRTUAL, EN LA PÁGINA DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.</p>

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Resumen

<p>De los artículos <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/1789" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>18, 19, 20, 21, 23, 29 y 31 del Acuerdo General 16/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión</a>, se advierte que corresponde a éstos grabar en un dispositivo, el archivo digital de cada sesión, tanto ordinaria como extraordinaria, así como enviar, con la supresión de datos personales, el archivo respectivo a la biblioteca virtual, que estará a disposición del público en general, para lo cual, el secretario de Acuerdos corroborará que se garantice la protección de datos personales, por lo que, de advertir algún dato sensible, éste debe suprimirse; sin embargo, dentro de las facultades conferidas al órgano colegiado no está la de expedir a las partes, copia certificada de los dispositivos de almacenamiento de datos que contienen las sesiones videograbadas pues, incluso, conforme al artículo <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/3021" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>18</a> del diverso Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se establecen los lineamientos para regular el procedimiento administrativo interno de acceso a la información pública, así como el funcionamiento y atribuciones del Comité de Transparencia del propio Consejo, se prevé que las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito pueden ser consultadas en la biblioteca virtual señalada; aunado a que los Tribunales Colegiados de Circuito sólo cuentan con los medios y recursos que les son entregados para la emisión de una copia, que es la que se queda en resguardo del secretario de Acuerdos, y no así para la expedición de copias a las partes, lo que genera imposibilidad tanto jurídica

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
17 de agosto de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
María Elena Leguízamo Ferrer
Epoca
Décima Época