<p>VISTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE AMPARO. ES INNECESARIO DARLA AL QUEJOSO, SI LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA QUE SE ACTUALIZA (DISTINTA A LA INVOCADA POR EL JUEZ RECURRIDO) FUE ALEGADA POR ÉL EN SUS AGRAVIOS, NO OBSTANTE QUE HAYA SIDO EN SENTIDO NEGATIVO.</p>
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Resumen
<p>Cuando del análisis realizado a las constancias existentes en el expediente de amparo, el tribunal de revisión advierta la actualización de una causa de improcedencia prevista en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|122-" >61 de la Ley de Amparo</a>, distinta y preferente a la invocada por el juzgador de control constitucional en la determinación recurrida, es innecesario dar vista al quejoso con ella, conforme al <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|128-" >segundo párrafo del artículo 64</a> de la ley citada, para que manifieste lo que a su derecho convenga, si en sus argumentaciones de agravio fue alegada por él, aunque en sentido negativo, es decir, señalando a priori –y como manifestaciones que estimó, convenían a su derecho– que ésta no se actualiza, ya que ello constituye una circunstancia que torna innecesaria dicha vista, en razón de que los planteamientos que pudiera realizar al desahogarla, no podrían variar el sentido de lo resuelto y, en cambio, con esa vista, se provocaría un retardo en la impartición de justicia, en contravención tanto al principio de celeridad procesal que rige en el juicio de amparo, como al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|180-" >17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>.</p><br><p>NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 9 de noviembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Luis Pérez de la Fuente
- Epoca
- Décima Época